Los comprobantes fiscales; Son documentos autorizados por la SAR que respaldan la transferencia de bienes y/o la prestación de servicios, de todos los sectores de la economía del país[1]; se fundamenta en el Régimen de Facturación.
Los obligados sujetos a las disposiciones de este tipo de documentos entre otro, son las personas naturales y jurídicas que realicen actividades económicas gravadas o no gravadas[2]
Los Tipos Comprobantes Fiscales que existen son los siguientes:
1. Factura
2. Factura Prevalorada
3. Ticket
4. Recibo por Honorarios Profesionales
5. Boleta de Compra
Documentos Complementarios:
1. Notas de Crédito
2. Notas de Débito
3. Guías de Remisión
4. Comprobantes de Retención
En esta serie de escritos nos centraremos en tres comprobantes fiscales; La Factura, el Recibo por Honorarios Profesionales y la Boleta de Compra, que son los que consideramos que más se usan en la parte administrativa de las Municipalidades. (los cuales marco en amarillo).
Si quiere saber más sobre el resto de los comprobantes o aumentar sus conocimientos puede ver el texto consolidado del Régimen de Facturación.
En este punto es importante saber: ¿Por qué debemos exigir como Municipalidad que las personas o empresas con las que tenemos relación presenten los comprobantes fiscales en base al Régimen de Facturación?
La respuesta parece obvia, pero es importante conocer y saber por qué debemos hacerlo y las consecuencias de no hacerlo, porque todavía existen municipalidades que aún admiten comprobantes informales ¡veamos!:
a) Por ley toda persona natural o jurídica que venda o preste un servicios está obligada a emitir el comprobante fiscal autorizado por la SAR, no hacerlo implica que esta fuera del marco legal y no puede contratar con el Sector Público[3].
b) La Municipalidad queda descubierta al soportar sus transacciones con documentos informales no acordes a los requisitos legales; por lo cual puede ser sujeta de sanción o reparo (Al no ser admisibles para efectos de soportar un pago) por parte del TSC.
c) La Municipalidad queda expuesta ante una revisión de la SAR y de igual forma ser sancionada o acusada de defraudación.
Para saber más, vea: Los comprobantes fiscales para soportar los egresos en las Municipalidades, Parte II La Factura.
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[1] Generalidades régimen de facturación, otros documentos fiscales y registro fiscal de imprentas emitido por la SAR
[2] Artículo 3 del Reglamento del régimen de facturación, otros documentos fiscales y registro fiscal de imprentas acuerdo 481-2017, el regimen de igual forma incluye al estado, pero no nos referiremos en este caso a ello. Nos enfocaremos en el hecho de documentar adecuadamente los egresos.
[3] Esta es una apreciación tacita, dado que al no estar adherido al regimen de facturación no podra presentar constancia de solvencia; (art. 29 de las Normas de Ejecución Presupuestaria) y cumplir con los requisitos basicos para contratar con el Estado.
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